Esta guía entrega recomendaciones para lograr la colaboración entre grandes empresas y startups, y se basa simplemente en la experiencia que hemos tenido en Suncast en colaboración con empresas grandes.
Es la continuación de la Parte II: Propuesta comercial donde expliqué el paso a paso de la colaboración, además, entregue las alerta a tener en cuenta ya que desde que nos vamos a sentar a conversar hasta realmente recibir un pago, pueden pasar 6 meses debido a las etapas del proceso.
En esta oportunidad, les entrego algunas recomendaciones a las startups y empresas al momento de discutir un contrato. Existen ciertas cláusulas que son comunes en la Industria y que no son tan apropiadas al momento de contratar o aliarse con startups.
Antes de entrar en materia directa de las cláusulas, les quiero entregar algunas recomendaciones preliminares. En primer lugar, un consejo que puede sonar básico, pero le recomiendo a las startups no firmar ningún documento antes de revisarlo, ya sea contrato, orden de compra o acuerdo de confidencialidad. En segundo lugar, y aunque no nos gusta mucho a las y los emprendedores, es recomendable revisar los documentos con profesionales del ámbito legal.
Dejando los puntos anteriores en claro, puedo dar algunas alertas respecto a algunas cláusulas legales importantes. Al contrario de lo que yo pensaba en un inicio, las cláusulas más relevantes no son las del precio ya que eso se conversa previamente. Por este motivo, a las startups les recomiendo que apenas llegue un contrato vayan directamente a las cláusulas: garantía y propiedad intelectual. Luego, deben realizar una búsqueda de la palabra “exclusividad”, el contrato no debe entregar exclusividad al cliente a no ser que se haya negociado explícitamente.
Cláusula de garantía: Esta cláusula está muchas veces pensada en la compra de productos más que en la venta de servicios. Al momento de comprar equipos o productos se exige una garantía con un horizonte temporal de acuerdo con la vida útil de los equipos -varios años en las Industrias como Energía y Minería-, por lo tanto, se exigen garantías que ascienden a millones de pesos lo que es muy inconveniente para las startups. El problema es que esto no se justifica en el ámbito de los servicios digitales llamados también software as a service (SaaS), ya que no es un equipo que debe durar por varios años, sino que la garantía se debe restringir al tiempo en que se tiene el servicio contratado.
Cláusula de propiedad intelectual: Esta cláusula también se relaciona con la compra de productos, como equipos, en vez de servicios. Generalmente esta cláusula indica que al momento de comprar, la propiedad intelectual del producto o servicio se transfiere al cliente. Esto es sumamente peligroso para las startups tecnológicas. Nosotros no podemos transferir al cliente la propiedad intelectual porque nos quedamos sin tecnología propietaria, y por ende, sin empresa. Se debe transferir la propiedad de los resultados que les entregamos a los clientes, pero no de la tecnología, software u otro conocimiento.
Por último, revisar en la cláusula de vigencia que la duración del contrato esté determinada de acuerdo a lo conversado, por ejemplo, un año. Se puede incluir una actualización automática para que se amplíe de forma automática. Por otro lado, la cláusula de rescisión indica en qué momentos se puede disolver el acuerdo. Muchas veces estos contratos permiten al cliente retirarse en cualquier minuto, pero no así a sus contrapartes.
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